Servicios, ¿Qué nos diferencia?
La Estrategia Prevelite
Unificamos gran parte de las prestaciones que existen en el mercado actualmente, orientado a satisfacer necesidades en el área legal, contable, cumplimiento de la normativa laboral y la seguridad privada, con la creación de modelos de prevención de riesgos y delitos, de acuerdo a su naturaleza, complejidad, estructura y tamaño, con el propósito de entregar una ayuda robusta e integral para nuestros clientes.
Servicios Legales
● Derecho Civil
● Derecho Laboral
● Derecho Penal
● Policía Local
● Derecho Tributario Representación ante el SII, reclamaciones ante la tesorería.
● Juicios ante los TTA (Tribunales tributarios y aduaneros)
● Derecho Familia
● Derecho Administrativo (Reclamaciones y apelaciones ante cualquier institución del estado)
● Derecho de aguas
● Derecho Aduanero
● Delitos Económicos
● Propiedad intelectual e industrial
● Delitos ambientales.
● Reorganización o Cierre de Micro y Pequeñas Empresas en Crisis, de acuerdo a la Ley 20.416.
● Quiebra Personal, de acuerdo a la Ley 20.720.
● Declaración mensual F-29 IVA
● Registro de compra y ventas
● Libros contables, compras, ventas, honorarios y Remuneraciones
● Conciliaciones bancarias
● Liquidaciones de sueldos y Previred
● Elaboración de Finiquitos
● Balance General, anual
● Registro de ingresos y gastos (14 TER)
● Declaraciones Juradas
● Trámites en el SII
● Términos de giro
● Auditorías internas
● Registró y control de multas
● Inventarios
Juicios de prescripción de deuda
Los requisitos para que cualquier deuda castigada pueda ser
eliminada son:
● Que, la deuda tenga sobre un año de antigüedad, o al menos haya sido dejada de pagar por sobre un año.
● Cuando se trate de deudas castigadas informadas por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, y estén contenidas o respaldadas por un pagaré, (se debe considerar a contar de la última cuota).
● Si la institución no cuenta con un título ejecutivo (un pagaré), ésta debe dejar de ser informada.
● Si la institución o acreedor, no haya generado un juicio en su contra y no esté válidamente notificado.
● Si la demanda jamás fue notifica, no tiene legalidad.
● Para la eliminación de una deuda castigada no es necesario
realizar un juicio, puede hacerse mediante procedimiento administrativo de la
ley de Bancos.
● Si su deuda es informada por Dicom o boletín, además de la Superintendencia, en ese caso para eliminar Dicom o boletín se debe realizar necesariamente un juicio
● Guardias de Seguridad con curso OS-10, en Constructoras, instalaciones y empresas en general.
● Gestión de sistemas de seguridad informáticos y/o asesorías técnicas.
● Respaldo informático de archivos privados.
● Servicio de escolta.
● Servicio de transporte blindado.
● Servicio de alarmas.
● Vigilancia y protección de bienes, establecimientos, espectáculos, certámenes o convenciones.
● Protección de personas determinadas.
● Depósito, custodia, recuento y clasificación de monedas, billetes y otros.
● Transporte y distribución de los objetos.
● Instalación y mantenimiento de aparatos, dispositivos y sistemas de seguridad.
● Explotación de centrales para la recepción, verificación y transmisión de las señales de alarmas y su comunicación.
● Planificación y asesoramiento de las actividades de
seguridad.
·
Implementación de software de Recursos humanos
auditando el panorama actual de la empresa y los beneficios de sumarse a una
interfaz virtual que potencie la gestión documental (contratos, anexos y finiquitos
mediante firma electrónica.
·
Administración de bases de datos de personal de
acuerdo con la normativa laboral vigente.
·
Cálculo de liquidaciones de sueldo y gestión administrativa
de nómina.
·
Gestión y tramitación de licencias médicas
·
Pago de cotizaciones previsionales.
·
Elaboración de contratos y anexos.
·
Elaboración de finiquitos y tramitaciones ante
la dirección del trabajo.
· Implementación de procedimientos de teletrabajo a fin de dar cumplimiento a la nueva Ley de teletrabajo.
LEY 20.416: Para PYMES o personas naturales que hayan
iniciado actividades en el SII
REORGANIZACIÓN
● Restructurar sus activos y pasivos mediante un acuerdo con
sus acreedores.
● En este proceso interviene un veedor cuya misión es
propiciar un acuerdo entre el deudor y sus acreedores.
● Las empresas que se someten al procedimiento tendrán una
protección de 90 días ampliable con acuerdo a los acreedores (paralizando
cualquier juicio pendiente).
● El acuerdo de reorganización aprobado judicialmente,
producirá la remisión, novación o repactación de todo o parte de los créditos
que debía la empresa deudora, conforme a lo acordado con los acreedores.
LIQUIDACIÓN
● Permite el cierre formal de la empresa, mediante la
entrega de los bienes del deudor, para el pago de la deuda a sus acreedores.
● Reconocidos los créditos, el deudor podrá proponer una
propuesta de reorganización, manteniendo en marcha la empresa.
● Una vez que la liquidación se encuentre firme o
ejecutoriada, todos los saldos de las deudas contraídas se entenderán
extinguidas.
● Al obtener la resolución de término, podrá solicitar la
eliminación de todos los registros comerciales y públicos donde se encuentre
moroso.